Washington, Estados Unidos. En una de las decisiones constitucionales más importantes de los últimos años, la Corte Suprema de Estados Unidos rechazó este martes el intento del presidente Donald Trump de restringir la ciudadanía por nacimiento, al reafirmar que los niños nacidos en territorio estadounidense de padres indocumentados o con estatus migratorio temporal son ciudadanos estadounidenses desde el momento de su nacimiento, tal como establece la Decimocuarta Enmienda de la Constitución.
En una decisión 6-3, el máximo tribunal concluyó que la orden ejecutiva firmada por Trump al inicio de su segundo mandato es incompatible con el texto constitucional y con más de un siglo de jurisprudencia estadounidense.
El fallo representa una de las derrotas judiciales más significativas para la política migratoria de la actual administración y reafirma un principio constitucional vigente desde hace más de 150 años.
La Constitución sigue prevaleciendo
La mayoría de la Corte, en una opinión redactada por el presidente del tribunal, John Roberts, sostuvo que la Cláusula de Ciudadanía de la Decimocuarta Enmienda no deja espacio para reinterpretaciones mediante órdenes ejecutivas.
El tribunal recordó que el texto constitucional establece que:
“Todas las personas nacidas o naturalizadas en Estados Unidos y sujetas a su jurisdicción son ciudadanos de los Estados Unidos.”
Los magistrados concluyeron que los hijos de personas que se encuentran ilegalmente o temporalmente en el país están sujetos a la jurisdicción estadounidense, por lo que adquieren automáticamente la ciudadanía al nacer.
Un precedente de 128 años
La Corte también reafirmó el histórico precedente establecido en United States v. Wong Kim Ark (1898), considerado la piedra angular del principio de ciudadanía por nacimiento en Estados Unidos.
En ese caso, el máximo tribunal determinó que prácticamente toda persona nacida en territorio estadounidense es ciudadana, independientemente del estatus migratorio de sus padres, salvo excepciones muy limitadas, como los hijos de diplomáticos extranjeros o de fuerzas militares enemigas en ocupación.
Roberts señaló que durante más de un siglo ese criterio ha sido aplicado de forma constante y afirmó que no existían fundamentos suficientes para modificar esa interpretación constitucional.
¿Qué buscaba Trump?
La orden ejecutiva firmada por Trump pretendía negar la ciudadanía automática a los niños nacidos en Estados Unidos cuyos padres fueran inmigrantes indocumentados o permanecieran legalmente de manera temporal, como estudiantes, turistas o trabajadores con visas.
La administración argumentaba que esas personas no estaban plenamente “sujetas a la jurisdicción” de Estados Unidos y, por tanto, sus hijos no debían beneficiarse de la ciudadanía automática.
La Corte rechazó esa interpretación al considerar que contradice tanto la Constitución como la legislación federal vigente.
Impacto para millones de familias
Diversos expertos estimaban que, de entrar en vigor la orden ejecutiva, alrededor de 250,000 niños nacidos cada año podrían haber perdido el derecho automático a la ciudadanía estadounidense.
Además, millones de familias habrían tenido que demostrar el estatus migratorio de los padres para registrar oficialmente a sus hijos como ciudadanos estadounidenses.
Reacciones
La decisión fue celebrada por fiscales generales de varios estados y organizaciones defensoras de los derechos civiles.
El fiscal general de California, Rob Bonta, calificó el fallo como una reafirmación de uno de los principios fundamentales de la democracia estadounidense, mientras que la fiscal general de Nueva York, Letitia James, afirmó que la ciudadanía por nacimiento constituye “una garantía constitucional que ha definido al país durante generaciones”.
Trump, por su parte, criticó el fallo y anunció que continuará impulsando cambios mediante iniciativas legislativas en el Congreso.
¿Qué significa para República Dominicana?
La decisión tiene especial relevancia para la comunidad dominicana residente en Estados Unidos.
Miles de familias dominicanas con diferentes categorías migratorias mantienen hijos nacidos en territorio estadounidense, quienes seguirán conservando el derecho constitucional a la ciudadanía por nacimiento.
El fallo también aporta estabilidad jurídica a otras comunidades latinoamericanas, al evitar un cambio que habría transformado profundamente el sistema migratorio estadounidense.
Un fallo que trasciende la inmigración
Más allá del debate migratorio, la decisión reafirma un principio esencial del constitucionalismo estadounidense: una orden ejecutiva no puede modificar derechos expresamente reconocidos por la Constitución.
Con este fallo, la Corte Suprema preserva una interpretación vigente desde hace más de un siglo y deja claro que cualquier modificación a la ciudadanía por nacimiento requeriría una reforma constitucional o una acción legislativa compatible con la Carta Magna, no una decisión unilateral del Poder Ejecutivo.