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SANTO DOMINGO.-El Ministerio Público presentó un recurso formal de apelación contra la resolución de un tribunal de Puerto Plata que, en un nuevo proceso, declaró penalmente responsable a Wander Samuel Franco Aybar por abuso sexual y psicológico a una adolescente, al mismo tiempo que le concedió un perdón judicial.
El recurso se interpuso de manera parcial contra la Sentencia Penal núm. 272-02-2026-SSEN-00149, dictada por el Tribunal Colegiado Ad Hoc del Distrito Judicial de Puerto Plata, integrado por los jueces José Ramón Núñez, quien actuó como presidente, Jenny Amarilis Martínez y Praire Ruiz, designados para conocer el nuevo juicio ordenado en diciembre pasado por la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Puerto Plata.
Los representantes del Ministerio Público señalaron que las decisiones judiciales deben estar en consonancia con los hechos probados, la calificación jurídica establecida y el marco legal aplicable; la lucha contra la explotación de menores y el lavado de activos requiere respuestas compatibles con los principios de legalidad y justicia.
En la solicitud presentada, el Ministerio Público pide a la Corte de Apelación revocar la parte de la sentencia que eximió de pena a Franco, después de que la resolución reconociera su responsabilidad penal por la violación de las disposiciones del artículo 396, literales b y c, del Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136‑03), relativas al abuso sexual y psicológico de una menor.
El MP sostiene que la aplicación del perdón judicial a favor de Wander Samuel Franco Aybar constituye una interpretación errónea y extensiva de una figura jurídica creada por el legislador para casos excepcionales que no se dan en la presente causa. Los fiscales argumentan que la propia sentencia estableció la responsabilidad penal del acusado, por lo que la exención total de pena resulta incompatible con la naturaleza, gravedad y trascendencia social de los hechos juzgados.
Según la Fiscalía, la medida se aleja de los presupuestos legales que regulan el perdón judicial, debilita los fines preventivos y sancionatorios del derecho penal y envía un mensaje contrario a la protección reforzada que la normativa dominicana brinda a niños, niñas y adolescentes.
La apelación fue interpuesta por la Procuraduría Especializada Antilavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo y la Fiscalía de Puerto Plata, representadas por los magistrados Ramona Nova Cabrera, Kelmi Ricardo Duncan Torres, Claudio Alberto Cordero Jiménez, José Martínez Montán y Olga Diná, quienes sostienen que la decisión impugnada incurre en una incorrecta aplicación de la ley, vulnera principios fundamentales del proceso penal y resulta incompatible con la gravedad de los hechos acreditados por el propio tribunal.
El caso surgió a raíz de una investigación que desembocó en acusaciones por abuso sexual, abuso psicológico, explotación de una persona menor de edad y operaciones vinculadas al lavado de activos.
La sentencia también condenó a la madre de la adolescente a diez años de prisión en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Rafey Mujeres, en Santiago, por explotación sexual comercial y lavado de activos; esa parte de la decisión no fue recurrida.